Condiciones generales

Se entiende por folleto informativo el documento al que se incorporan la descripción del
viaje combinado contenida en el folleto que constituye el objeto del Contrato de Viaje
Combinado.
Se considera  usuario o cliente consumidor/usuario/cliente, la persona física o jurídica que
compre o se comprometa a comprar el viaje combinado.
La información sobre el programa/oferta contenida en el folleto es vinculante para el
organizador y el detallista La reserva de cualquiera de los viajes incluidos en este catálogo,
supone la aceptación total de estas condiciones generales, que se consideran
automáticamente incorporadas al contrato, sin que sea precisa su trascripción escrita en el
mismo.
Marco legal aplicable al contrato de viaje combinado y aceptación de las
Condiciones Generales.
Legislación aplicable
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el texto refundido de la
Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, modificado por el Real
Decreto Ley 23/2018 de 21 de diciembre, la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones
generales de la Contratación, y Decreto 13/2011 de 25 de febrero, por el que se establece
las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y
prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable, y la
simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística y Decreto 6/2013,
de 8 de febrero, de medidas de simplificación de los procedimientos administrativos.
Las presentes Condiciones Generales se incorporarán firmadas por las partes contratantes,
en signo de conocimiento y aceptación por parte del consumidor de todas y cada una de
estas condiciones, a todos los contratos de viajes, cuyo objeto sean los programas/ ofertas
contenidos en el programa/folleto, y obligan a las partes, con las condiciones particulares
que se pacten en el contrato o que consten en la documentación del viaje facilitada
simultáneamente a la suscripción del contrato. Las presentes Condiciones Generales serán de
aplicación a aquellos servicios del mismo prevista en el Art. 151.1.a) del Real Decreto
Legislativo 1/2007 antes citado.

Organización.
La organización de este viaje combinado ha sido realizada por Aruna Solución para tus
Viajes, SL con NIF: B06828685 y domicilio en C/ Rio Almonte, nº 5 – 11 C, 28803 Alcalá de
Henares – Madrid (España).

 Precio.
El precio del Viaje Combinado incluye: El transporte y alojamiento, cuando dichos servicios
estén incluidos en el programa contratado y con el régimen alimenticio que figura en el
contrato o en la documentación que se entrega al consumidor en el momento de suscribirlo.
 Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los impuestos indirectos -
Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) en
España u otros aplicables en los países de destino salvo que se indique lo contrario en el
programa.

La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluida en
el programa contratado.
Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el
programa contratado o que expresamente se haga constar en el contrato de viaje combinado
así como los gastos de gestión
Los precios están calculados en base a la temporada actual y serán revisados a la hora de
emitir y formalizar el programa en cuanto a impuestos aplicables y/o tasas en vigor.
Será nula la revisión de precios al alza efectuada en los 20 días inmediatamente anteriores a
la fecha de salida del viaje.

Exclusiones. El precio del Viaje Combinado no incluye:
Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación,
"extras" tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales
-ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente
se pacte en el contrato otra cosa-, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales,
y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado "El precio
incluye" o no conste específicamente detallado en el programa, en el contrato o en la
documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo.
Propinas.
Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas ni atenciones a guías,
maleteros u otros de destino.

 Forma de Pago. Inscripciones y reembolsos.
En el acto de la petición de reserva, el organizador requerirá una reserva igual al treinta por
ciento del importe total del viaje, expidiendo el correspondiente recibo en el que se
especifique, además del importe anticipado por el consumidor, el viaje combinado solicitado.
Desde ese instante el contrato de viaje combinado, así como las condiciones generales a las
que se adhiere, es de obligado cumplimiento para ambas partes. Si alguno de los servicios
no pudiera ser confirmado, el organizador propondría una alternativa que podrá ser aceptada
por parte del cliente. En caso de que el cliente la desestimase, ello comportará la íntegra
devolución del importe abonado, igual al treinta por ciento del total del viaje combinado sin
penalización alguna.
El importe íntegro de os servicios aéreos será abonado al organizador con fecha anterior a la
emisión de los billetes.
El resto del precio del contrato deberá abonarse contra la entrega de los bonos y
documentación del viaje, treinta días antes de la fecha de la salida. Existen excepciones
debidas a los proveedores que serán comunicadas por escrito al usuario.
De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se
entenderá que el consumidor desiste del viaje solicitado y perdiendo  el adelanto del precio
del programa efectuado.

Desistimiento del consumidor y usuario (Artículo 160 del Real Decreto 1/2007 de la
Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o
contratados, pero deberá indemnizar al organizador en los siguientes supuestos:
1. En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de
anulación, si se hubieran producido estos últimos.
2. En el caso de viajes combinados:
a) Una penalización consistente en el 5% del importe total del viaje si la anulación se
produce entre los 15 y los 10 días naturales anteriores a la fecha de inicio del viaje, en el
15% si se produce entre los 10 y 3 días naturales, en el 25% si se desiste en las 48 horas
anteriores y en el 100% si no se presenta a la hora prevista para la salida.
De no presentarse a la salida, el consumidor y usuario está obligado al pago del importe total
del viaje, abonando, en su caso, las cantidades pendientes salvo acuerdo entre las partes en
otro sentido.
b) En el caso de que el viaje combinado estuviera sujeto a condiciones económicas
especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques o tarifas especiales, los
gastos de cancelación y gestión se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas
entre las partes.
Todos estos supuestos serán revisados en caso de fuerza mayor.

Modificaciones y resoluciones del contrato por causa imputable al organizador o
cancelación del viaje (Artículo 159 del Real Decreto 1/2007 de la Ley General para
la Defensa de los Consumidores y Usuarios).
1. En el supuesto de que el consumidor y usuario opte por resolver el contrato, o de que el
organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier
motivo que no sea imputable al consumidor y usuario, éste tendrá derecho, desde el
momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las
cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de
calidad equivalente o superior siempre que el organizador o detallista pueda proponérselo.
En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el organizador o el detallista
deberán rembolsar al consumidor y usuario, cuando proceda en función de las cantidades ya
desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.
En todo caso, el consumidor y usuario podrá exigir el reintegro de las cantidades
desembolsadas al empresario al que se las abonó, que deberá reintegrárselas en los plazos y
condiciones previstas en el artículo 76. El cómputo del plazo, en este caso, se iniciará desde
la notificación del consumidor y usuario de su opción por la resolución o desde que se
produjeran las circunstancias determinantes de la cancelación.
2. El mismo derecho previsto en el número anterior corresponderá al consumidor y usuario
que no obtuviese confirmación de la reserva en los términos estipulados en el contrato.
3. En los anteriores supuestos, el organizador y el detallista serán responsables del pago al
consumidor y usuario de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento
del contrato, que en ningún supuesto podrá ser inferior al 5 por ciento del precio total del
viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días
inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por ciento si se
produce entre los quince y tres días anteriores, y el 25 por ciento en el supuesto de que el
incumplimiento citado se produzca en las 48 horas anteriores.

4. No existirá obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:
a) Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas para el viaje
combinado sea inferior al exigido y así se comunique por escrito al consumidor y
usuario antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato, que como mínimo será
de 10 días de antelación mínima a la fecha prevista de iniciación del viaje.
b) Cuando la cancelación del viaje, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se
deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias
ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían
podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.

Responsabilidad.
General.
El organizador y detallista del viaje combinado responderán frente al consumidor, en función
de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje
combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con
independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de
servicios, y sin perjuicio del derecho de los organizadores y detallistas a actuar contra dichos
prestadores de servicios.
El organizador y detallista del viaje combinado responderán de los daños sufridos por el
consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha
responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al
consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las
prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o
insuperable.
3. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el detallista o, en su caso, el
organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni
superar.
Límites del resarcimiento por daños.
En cuanto al límite del resarcimiento por los daños que resulten del incumplimiento o de la
mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto
en los Convenios Internacionales sobre la materia.

Otras responsabilidades
Cuando la falta de conexión de los vuelos, aún a causa de cambios horarios de las compañías
aéreas participantes, obligue a pernoctar o efectuar una larga espera, los gastos que se
deriven de este hecho, tanto de alojamiento como de comidas y transportes serán por
cuenta del transportista aéreo causante del overbooking, cancelación o retraso, en virtud de
lo establecido en el reglamento CEE 261/04, por el que se establecen las reglas comunes
sobre compensación y asistencia de los pasajeros aéreos en casos de denegación de
embarque y de cancelación o gran retraso en los vuelos.
El usuario ha sido informado de las peculiares características de los viajes alternativos,
especialmente de las circunstancias climatológicas del país de destino, de las limitaciones de

los profesionales locales y de la falta de equiparación de la infraestructura viaria, aérea y
hotelera del lugar con el estándar convencional de los países occidentales.
El itinerario definitivo detallado en la ficha técnica tiene carácter orientativo, debiendo
confirmarse por escrito antes del pago de servicios todos los servicios incluyentes en el
programa.
El usuario también acepta el cambio de establecimiento hotelero que se produzca in situ
siempre que el disfrutado tenga una categoría o características iguales o superiores al fijado
en el itinerario inicial.
Delimitación de los servicios del viaje combinado.
Viajes en avión. Presentación en el aeropuerto.
En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de
antelación de tres horas en viajes internacionales y dos horas en nacionales sobre el horario
oficial de salida, y en todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas
que indique la documentación del viaje facilitada al suscribir el contrato.
En cuanto a equipaje se deben seguir las pautas de cada compañía aérea debiendo el usuario
informarse en cada caso de su reglamentación.
Hoteles.
General.
El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último
servicio que el usuario vaya a utilizar.  El usuario deberá seguir las indicaciones de cada
establecimiento en cuanto a salidas y entradas.
El servicio de alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche
correspondiente, entendiéndose prestado con independencia de que, por circunstancias
propias del viaje combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo
inicialmente previsto.
13.3. Condiciones económicas especiales para niños.
Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños, dependiendo de su edad, del
proveedor de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de
las condiciones especiales que existan y que en cada momento serán objeto de información
concreta y detallada y se recogerá en el contrato o en la documentación del viaje que se
entregue en el momento de su firma.

Pasaportes, visados y documentación.
Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su
documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según las
leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los usuarios, cuando los viajes así
lo requieran, la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacunación, etc. Caso de
ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del
usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o
por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, el organizador
declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor
cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas
establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios.

Información adicional a facilitar al consumidor.
En el momento de la formalización del contrato el organizador o detallista informaran al
consumidor sobre la documentación específica necesaria para el viaje elegido y sobre la
posibilidad de suscripción facultativa de un seguro que le cubra de los gastos de cancelación
y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación o traslado en caso de
accidente, enfermedad o fallecimiento.
Asimismo, el organizador informará al consumidor de los riesgos y formalidades sanitarias
implícitas al destino y al viaje contratado, en cumplimiento de la Ley General de Defensa de
Consumidores y Usuarios.
La agencia informará sobre la documentación oficial y las exigencias sanitarias necesarias
para la realización del viaje; sin embargo, será responsabilidad única y exclusiva del cliente
tanto la formalización de los preceptivos documentos como la cumplimentación de las
medidas sanitarias. En aquellos casos que sea la agencia organizadora quien se ocupe de la
tramitación de visados, el precio de dicha gestión será aparte del precio del visado y del
precio del viaje y no será responsabilidad de la agencia organizadora el hecho que la
documentación se extravíe o se retrase por causas ajenas a la agencia.

Vigencia.
La vigencia del programa dependerá de la temporada en la que se solicite el viaje.
 IMPORTANTE AL CONTRATAR UN VIAJE
Documentación Necesaria y Documentación Sanitaria
En nuestros servicios se recogen las normativas válidas para los viajes especificados en
nuestro catálogo en cuanto se refiere a la documentación requerida de entrada al país y
documentación sanitaria en el momento de cerrar el catálogo.
Les recomendamos, debido a la constante variación de estas normas por los diferentes
países, que antes de realizar su viaje, consulte si se han producido modificaciones a nivel de
documentación de entrada al país y documentación sanitaria obligatoria a través de la
información de la página del Ministerio de Asuntos Exteriores, www.mae.es
 
Tarifas Aéreas/Vuelos y Tasas
Los precios en las tarifas aéreas pueden verse modificados en función de algunos factores
ajenos a la agencia organizadora. Por lo tanto, en caso de que nuestra agencia reserve sus
vuelos, éstos quedan sujetos siempre a “posibles cambios”, hasta la emisión de los mismos.
En los casos en que los vuelos internacionales o domésticos alteraran sus horarios de salida,
los itinerarios del programa podrían verse modificados.
Las tasas aéreas varían en función de los destinos, las fechas, las divisas, las rutas, las
paradas, etc., por lo tanto solo se sabrá el importe de las mismas en el momento de emisión
de los billetes. Del mismo modo ocurre con las tasas de carburante que solo en el momento
de emisión de billetes de conocerá su importe.
Las tasas de aeropuerto son los impuestos locales que se pagan por la entrada y/o salida de
los países, y estas tasas no están incluidas en los billetes. Por lo tanto, éstas siempre serán a
cargo del viajero y se abonarán a la entrada o salida del país.

 
Alojamiento
Los hoteles pueden establecer mínimos de estancia y tarifas superiores con posterioridad a la
edición de cierre de nuestro catálogo en concepto de eventos especiales, deportivos,
navidades, visitas de mandatarios, u otros, en cuyo caso se informaría del suplemento a
aplicar (en programas con salidas diarias). En caso de convención o congreso específico que
obligara al cambio de la categoría de hotel por las autoridades de los respectivos países, la
agencia organizadora procedería al reembolso de la diferencia.
En los viajes se especifica claramente el régimen incluido, pudiendo ser éste sólo
alojamiento, alojamiento y desayuno (continental si no es especifica otro), alojamiento,
desayuno y cena o bien alojamiento y todas las comidas incluidas (siempre especificado en el
contrato del viaje). En los casos en que debido a los horarios de salida de los vuelos, o
cambios en el horario o en el día, por el que sea imposible mantener el servicio de algún
régimen alimenticio especificado, éste no dará lugar a reembolso por parte de la agencia. En
los casos en que esté incluido el almuerzo y/o cena, las bebidas siempre irán a parte y a
cargo exclusivo del viajero (se especifica normalmente en el programa del viaje)
En determinados lugares y debido a la escasez de habitaciones individuales, aquellos que
viajen de forma individual, deberán utilizar en estos casos el servicio de habitación doble con
el consiguiente coste a su cargo. En otras ocasiones pueden tener la opción de compartir
habitación con otro viajero algunas noches y en este caso, la agencia le reembolsará la
cantidad proporcional de las noches correspondientes a esta “situación”
La clasificación hotelera varía en función de los diferentes países a los que se viaja y en
muchas ocasiones no corresponde a la estandarizada para España. Se clasificará a los
hoteles atendiendo a su propia valoración profesional y en todo momento será claro con la
categoría ofertada en sus servicios.
Nuestros servicios especifican claramente el tipo de hotel y habitación que va a utilizarse.
Normalmente los precios están basados en habitaciones dobles estándar (dos camas). En los
casos en los que se pueda contratar habitaciones individuales, se indica el suplemento por
este tipo de habitación, así como la posibilidad de utilización de habitaciones dobles con
niños (en programas familiares) a las que se sumará 1 ó 2 camas en la misma habitación y
siempre vendrá estipulado el precio del coste de cada uno de los niños. Además en todos los
programas vendrán especificados la categoría del hotel y las posibilidades de elegir otro de
mayor o menor categoría con el cambio automático de sus precios. Los suplementos por
noches adicionales se aplicarán con las tarifas del periodo de noches a continuación de la
estancia contratada y no con tarifas de fechas de salida (en caso de alargar la estancia
coincidiendo en el cambio de una temporada a otra).        
Según la normativa internacional de hostelería el horario de entrada a los hoteles será entre
las 13h y las 15h y de salida en los hoteles entre las 11h y las 13h. No obstante cada
establecimiento tiene sus propios horarios, por lo que deberá respetarse siempre éste.
 
Tarjetas de Crédito.
En la mayoría de hoteles se exige una tarjeta de crédito como autorización crediticia. A la
salida de los hoteles, deberá abonar sus gastos extras (si los tuviera) y en caso de no tener
que liquidar ningún gasto, puede exigir la devolución de la autorización de su tarjeta de
crédito. En cualquier caso, la agencia organizadora no se hace responsable de ninguna de los
formulismos concernientes a las tarjetas de crédito.

 Traslados
En todos los viajes y programas seleccionados están incluidos los traslados a la llegada al
país al que se viaja. Dependiendo del programa seleccionado y contratado éstos se realizarán
en diferentes tipos de vehículo (especificados en el programa)
 
Gastos de Cancelación
En caso de cancelar un viaje previamente contratado, consultar con la agencia organizadora
los gastos de cancelación existentes según la antelación de dicha cancelación.

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